jueves, 9 de abril de 2015

ASESORAMIENTO SOBRE EL IRPF PARA AUTÓNOMOS


El trabajador por cuenta propia debe saber cómo hacer frente al IRPF 2014 sin cometer errores.


Un trabajador autónomo tiene que conocer ciertos aspectos a la hora de realizar la declaración de la renta, ya que es una forma diferente a la de un asalariado. Por ello, hay ciertos ítems a tener en cuenta:

No hay borrador


La Agencia Tributaria enviará una nota al trabajador autónomo indicando que al tratarse de actividades económicas y no rentas de trabajo, no puede confeccionar el borrador, aunque sí tramitará los datos fiscales, útiles para elaborar la declaración de la renta y usar el programa PADRE.
Sí hay declaración de la renta


Si el trabajador por cuenta propia ha ingresado más de 1.600 euros por sus actividades económicas debe presentar el IRPF.


No obstante, deberá rellenar unas casillas diferentes al trabajador por cuenta ajena. Los ingresos del autónomo no aparecerán tras sus datos personas, sino en el apartado E1 de “Rendimientos de Actividades Económicas”, en las páginas 5 y 6 y las casillas de la 86 a la 150 (excluidas las actividades agrícolas y ganaderas que se incluirán en la página 7).


También el trabajador autónomo deberá tener en cuenta el régimen en que se encuentre: Para los autónomos de estimación directa será la sección E1 página 5, y para los de Estimación objetiva o módulos, en la página 6 del mismo apartado.

Incluir los datos de gastos e ingresos correctamente


Como autónomo, es primordial indicar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas en el que está dado de alta y la modalidad aplicable al método de estimación directa, que puede ser normal o simplificada. A continuación, se tiene que consignar los ingresos totales y los gastos diferenciados según el tipo.


Ingresos

Ingresos de explotación. Casilla 092 . Son tus ingresos ‘normales’, lo que ganas cada vez que vendes un producto u ofreces un servicio.



Otros ingresos. Casilla 093. En este apartado deberás incluir ingresos como los procedentes de las subvenciones.
Autoconsumo. Casilla 094. Quizás lo más complicado de entender para quien no lleva tiempo trabajando como autónomo. De forma muy resumida el autoconsumo es el consumo de tus propios productos o servicios. Si tienes una tienda de muebles y amueblas tu casa con ellas, esto es un autoconsumo, algo que también ocurriría si realizas varias actividades y compras un aparato que afecte a varias. Como sólo puedes imputarlo a una, en el resto ese ordenador o lo que sea, será autoconsumo.


Transmisión de elementos patrimoniales. Casilla 095. La ley establece unos plazos para amortizar los bienes e inmovilizado material que va a estar contigo durante más de un año, como por ejemplo un ordenador. Esto quiere decir que no podrás imputar todo el gasto en un mismo ejercicio, sino que deberás dividirlo entre varios. Sin embargo, hay excepciones para las compras inferiores a 600 euros. Si has comprado un PC por 400 euros, lo has incluido todo en un año y después lo vendes, deberás declarar ese ingreso.



Gastos

Las casillas de la 097 a la 11 resumen los gastos del autónomo y hay varios tipos. En el apartado-casilla 113- figuran las provisiones fiscales deducibles, que sólo deberán rellenar los autónomos que tributan bajo el régimen de estimación directa normal y que reúne las facturas no cobradas y los gastos de devolución de ventas.


En el caso de los autónomos sujetos al régimen simplificado, esta partida figura en la casilla 116 y se rellena directamente con un 5% sobre el rendimiento neto, que es lo que Hacienda estima como posibles incobrados para este tipo de profesionales.


Por último, habrá que rellenar la parte del rendimiento neto y el rendimiento neto reducido que en realidad se autorrellenarán según lo que hayas puesto en el resto de casillas salgo si cuentas con reducciones de rendimientos generadas en más de dos años u obtenidos de forma irregular, que deberás consignar en la casilla 119.

Los tipos de IRPF para autónomos

Son los mimos que cualquier otro tipo de contribuyente. Tampoco cambian los tipos de ahorro o el porcentaje de sus inversiones que pagará a Hacienda, así como el mínimo familiar o personal.

Los plazos en la declaración de la renta

7 de abril. Se abre el plazo para solicitar, modificar y confirmar el borrador de la renta 2014, también mediante el programa Padre (novedad 2014).

11 de mayo. Se abre el plazo para presentar la declaración por otros medios más allá de internet y comienza el plazo para solicitar cita previa con Hacienda para confeccionar la declaración de IRPF.

25 de junio. Fecha límite para la presentación de IRPF en caso de domiciliación bancaria.

30 de junio. Fin de la campaña de la renta 2014 y del plazo para presentar la declaración de la renta.




Fuente: activamutuaautonomos.blogspot.com.es

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