El rescate de los planes de pensiones, la revisión de módulos o la posibilidad de compatibilizar una pensión de jubilación con un empleo son algunas de las opciones que existen.
Hay una serie de ayudas y bonificaciones de las que los autónomos también se pueden beneficiar, pero que quizás no sean tan conocidas como otras. Nosotros te recordamos trece de ellas.
- Revisión de módulos: desde 2013 existe una reducción del rendimiento neto calculado por el sistema de estimación objetiva del 5% para los trabajadores por cuenta propia.
- Cuando las prestaciones por desempleo se reciban en un único pago, éstas estarán exentas de pagar el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, con la condición de mantener al actividad durante al menos un lustro.
- Fraccionamiento o aplazamiento de las cuotas, con un máximo de 18.000 euros.
- Rescate planes de pensiones: un Real Decreto de 2009 permite a los trabajadores autónomos rescatar los planes de pensiones cuando se encuentren en una situación de inactividad, como suele ocurrir con los asalariados.
- Efecto pago adelantado IVA: Existe un sistema de carácter voluntario de devolución mensual del IVA. Al margen del importe, los profesionales por cuenta propia tienen la posibilidad de reclamar el saldo a devolver que dictamine cualquier declaración mensual.
- Aquellos contribuyentes que comiencen una actividad económica y mediante el sistema de estimación directa determinen el rendimiento neto de la empresa, tienen la posibilidad de rebajar en un 20% el rendimiento neto positivo, tanto en el primer periodo impositivo que sea positivo y en el siguiente periodo impositivo.
- Los autónomos pueden beneficiarse de una rebaja del 20% del rendimiento neto de actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.
- Aquellas compañías que cuenten con menos de 50 empleados tienen la opción de concertar el contrato de apoyo a los emprendedores.
- Hay una serie de medidas de aplicación directa sobre los trabajadores por cuenta propia que incluyen entre otras cosas la modificación de la normativa del IVA, flexibilización a la hora de recuperar el citado impuesto cuando se produzca un impago o la reducción proporcional de la base imponible en los casos en los que los créditos de las cuotas repercutidas por las operaciones gravadas no se puedan cobrar.
- Compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
- Cotización disminuida: hace referencia a los autónomos que protagonizan casos de pluriactividad, donde las jornadas son a tiempo completo o parciales por encima del 50%.
- IVA de caja: los autónomos que ingresen menos de dos millones al año no tendrán la obligación de adelantar el IVA por aquellas facturas que no hayan percibido.
- Figura del emprendedor de responsabilidad limitada: una persona física tiene la opción de establecer un límite a la hora de responsabilizarse de las deudas que pueda contraer durante su actividad empresarial.
Fuente: activamutuaautonomos.blogspot.com.es / cincodias.com
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