En los últimos meses, ha habido una serie de cambios legislativos que entrarán en vigor próximamente. En este artículo, te mostramos todas las medidas fiscales y administrativas que padecerán los autónomos y pymes en el año 2017.
Seguridad social
Cuota de autónomos 2017: Aún no se ha determinado la subida de la base mínima en la Ley de Presupuestos Generales pero, si se aplicase el mismo porcentaje que el año pasado (1%), la cuota de autónomos en 2017 ascendería a 269,71 euros. Respecto a la base máxima de cotización, se espera una subida del 3%, lo que supondrían 3751 euros mensuales en el 2017. Esto implicaría un aumento en la cuota máxima de 32,68.
Cuota de autónomos societarios: En el caso de que se lleve a cabo la subida del 8% del SMI, la base mínima pasaría a 1152,8 euros, lo que supondría una cuota de autónomos de 344, 69 euros en 2017. Se espera que la base máxima se incremente un 3%, por lo que se aumentaría a 3751, 26 euros mensuales y a 1121,73 euros la cuota de autónomos societarios en el 2017.
Ampliación de la tarifa plana: De 6 meses a un año para nuevos autónomos. Tendrán el derecho de aplicar reducciones y bonificaciones sobre la cuota.
Compatibilizar jubilación y trabajo autónomo: La intención de hacer compatible la actividad como autónomo y el cobro del 100% de la jubilación.
Baja por maternidad de autónomas: Las trabajadoras autónomas tendrán la bonificación del 100% de la baja y la exención del pago de cuota durante esta, aun si se reincorpora 2 años después de la fecha del parto.
Sistema más justo: Las bajas y altas se harán efectivas el día de la solicitud, por lo que no se contabilizará el mes completo.
Aumento del número de cambios en la base de cotización: Los autónomos podrán realizar hasta 4 cambios anuales en las bases de cotización.
Modulación de los recargos en los retrasos: En caso de retraso con el pago de
las cuotas, los recargos serán más flexibles:
Recargo del 3% si se pagara dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento.
Recargo del 5% si se pagara dentro del segundo mes a la fecha de vencimiento.
Recargo del 10% si se pagara dentro del tercer mes a la fecha de vencimiento.
Recargo del 20% si se pagara a partir del tercer mes a la fecha de vencimiento.
Hacienda e impuestos de los autónomos
Endurecimiento del régimen de aplazamiento de deuda: No se podrán aplazar los impuestos repercutidos, excepto el IVA no cobrado.
Nuevas deducciones para autónomos: Se incorporan como gastos deducibles en IRPF los gastos del vehículo y de los suministros de agua y luz.
Cambios en impuestos de sociedades: Afectará a las grandes empresas. Se ha incrementado el tipo mínimo al 23% en los pagos de abril, octubre y diciembre. Se ha reducido la compensación de las bases imponibles en función de la cuantía y se ha limitado las deducciones para evitar el fraude fiscal.
Sociedades civiles: Todas las sociedades civiles que desarrollen una actividad económica tienen que tributar sólo por el impuesto de sociedades.
Retenciones de los profesionales autónomos: Será del 7% durante el primer año y los dos siguientes a los nuevos autónomos que se den de alta.
Contratación de trabajadores
Mayor costes salariales tras la subida del SMI en un 8%: Afectará a empresas y autónomos con trabajadores a su cargo quienes deberán ajustar el sueldo de sus trabajadores a 707,60 si no quieren cruzar el umbral de la ilegalidad.
LOPD
Adaptación al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Aunque esta norma entró en vigor en mayo de 2016, se conceden hasta 2 años para adaptarse a los cambios. Por lo tanto, el 2017 para las pymes y autónomos, será un año de implementación de nuevas prácticas en gestión y privacidad de datos.
Facturación y cobros
Cambios en la normativa SEPA (Single Euro Payment Area): En los últimos meses, el sistema de pagos ha sufrido una serie de cambios con los que las empresas deberán reducir los plazos en los cobros y simplificar el mandato.
Fuente: activamutuaautonomos.blogspot.com.es/infoautonomos.eleconomista.es
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