miércoles, 25 de enero de 2017

"OJO" EXISTEN IMPUESTOS CUANDO TE VAS DEL PAIS






Se está elaborando una Directiva Europea de lucha contra el fraude, que entrará en vigor en enero de 2017, que endurecerá el impuesto de salida del país por cambio de residencia, que se llama EXIT TAX, y está en vigor desde enero de 2015 con la reforma fiscal.

El nuevo EXIT TAX cambiará, ya que no sólo gravará el traslado de residencia de patrimonios, inversores y empresarios en el IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas), como ya lo hace la normativa española, sino también la salida de activos de las empresas aunque no haya cambio de residencia. Se puede aplazar el pago de este impuesto a cinco años, pero con intereses y garantías.

De momento, el EXIT TAX grava en la base del ahorro de IRPF (tipos del 19% al 23%) el cambio de residencia de contribuyentes, personas físicas (no sociedades) con carteras de acciones que superen los 4.000.000 de euros con plusvalías latentes, o bien acciones o participaciones con más del 25% del capital de una sociedad cuyo valor supere 1.000.000 de euros. Lo que sea inferior de momento no tributa.

La novedad, como decimos, es que desde enero de 2017 se gravará la transferencia de activos por parte de las empresas, y entre ellos las patentes y derechos de propiedad intelectual.

La Directiva lo denomina EXIT TAX ASSETS y gravará el valor de los activos en el momento de la salida.

El objetivo siempre es el de recaudar más.



Fuente: www.lladogrup.com